Las normas taurinas para la «nueva normalidad» en España

Nueva normalidad EspañaEl Gobierno acordó el 9 de junio el real decreto ley de la ‘nueva normalidad‘, con medidas de higiene y seguridad renovadas para seguir controlando la transmisión del COVID-19 tras el estado de alarma. Aunque algunas comunidades han tomado la delantera (como Galicia, País Vasco y Cataluña), España en su totalidad ha entrado en «nueva normalidad» el 21 de junio. Cada comunidad ha dado a conocer sus normas para la nueva normalidad, y aquí vamos a destacar aquellos aspectos en lo que se refiere a la tauromaquia:

NAVARRA: Únicamente se permitirán espectáculos taurinos en plazas de toros permanentes o portátiles y espacios habilitados por la Orden Foral 374/2012. No pondrán superar el 75% de aforo y será necesario contar con asientos preasignados. Deberá respetarse la distancia de 1,5 metros o, en su defecto, utilizar mascarilla.

LA RIOJA: Las fiestas patronales no podrán celebrar ni encierros ni vaquillas en la calle. En las plazas de toros seguirán la restricción del 75 % del aforo y no podrá agrupar a más de 1.000 personas, tanto al aire libre como espacios cerrados.

ARAGÓN: Todas las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre podrán desarrollar su actividad taurina siempre que cuenten con butacas preasignadas y no se supere la mitad del aforo máximo y con un límite de 1.000 espectadores. Las fiestas patronales quedan suspendidas al menos hasta el 30 de septiembre. A partir de entonces podrá autorizarse por la autoridad sanitaria, en su caso, siempre que la evolución de la situación epidemológica así lo permita.

PAÍS VASCO: Todas las plazas, recintos e instalaciones taurinas podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no se supere el 60 % del aforo autorizado, y, en todo caso, un máximo de 1.000 personas, siendo su distribución homogénea en el recinto.  Para los espectáculos taurinos que se realicen en la vía pública (sokamuturras), las personas participantes o espectadoras deberán mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros. En aquellos casos que no sea posible, deberá usarse mascarilla.

COMUNIDAD VALENCIANA: En el caso de recintos y establecimientos en los que se celebren actos y espectáculos al aire libre, el público ha de permanecer sentado guardando la distancia mínima de seguridad (salvo grupos de personas convivientes) o usando mascarillas, y no se podrá superar el 75% del aforo autorizado ni reunirse más de 800 personas.

MADRID: En las plazas, recintos e instalaciones taurinas se autoriza hasta el 5 de julio la ocupación del 60% del aforo autorizado, y con asientos preasignados. A partir del 6 de julio, la ocupación máxima será del 75% del aforo, siempre que el público permanezca sentado y se cumpla la distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros entre asistentes o el uso de mascarilla. No se permitirá la venta de bebidas o comidas de forma itinerante dentro del recinto de la plaza y las almohadillas deberán desinfectarse después de cada uso.

CASTILLA Y LEÓN: Se ha decidido suspender todos los encierros de la comunidad en lo que queda de año. Sin embargo, las corridas de toros que en ocasiones acompañan a los encierros sí estarán permitidas siempre que cuenten con butacas preasignadas y no se supere el 75% del aforo autorizado.

CASTILLA LA MANCHA: Todas las plazas de toros de la región podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas, y no se supere el 75 % del aforo autorizado. Sin embargo, el ejecutivo de Emiliano García Page recomienda no celebrar festejos populares por el campo o calles hasta el próximo 15 de julio, fecha en la que se podría reconsiderar esa recomendación. 

EXTREMADURA: Hasta el 31 de julio en Extremadura se podrán celebrar los espectáculos taurinos con un 50% del aforo de las plazas, aumentándose a partir del 1 de agosto al 75% del aforo. se establece como obligatorio el uso de las mascarillas para los espectadores. También se deben evitar aglomeraciones tanto en la entrada como en la salida y las instalaciones deberán desinfectarse.

ANDALUCÍA: Estará permitida la celebración de corridas de toros con el 50% del aforo de la plaza con asientos preasignados. De igual manera, los espectadores tendrán que mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. En el caso de que no se pueda, se tomarán medidas de higiene y prevención establecidas, como el uso de mascarillas.

MURCIA: La Región de Murcia ha decidido que en los festejos taurinos se mantengan las reglas de la fase 3. Así, el Gobierno que preside Fernando López Miras, aboga porque los cosos taurinos puedan albergar festejos al 50 % del aforo y siempre con un tope de 800 personas como máximo.

CANTABRIA: Prohíbe celebrar fiestas, verbenas, romerías y eventos populares hasta el 8 de julio. A partir de entonces, los ayuntamientos se adaptarán a las normas genéricas de la nueva normalidad: en el caso de espectáculos al aire libre fijan un máximo de 1.000 personas, sentadas y siempre que se respete el 75% del aforo y se garanticen las medidas de seguridad tanto en el acceso como en la salida.

GALICIA: Las plazas de toros podrán celebrar corridas con la mitad de los espectadores sentados en las gradas hasta un máximo de 800.

 

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